CFDI y Carta porte: ¿Es obligatorio emitirlos?

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Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, si eres el dueño de esos bienes y necesitas trasladarlos por tus propios medios o realizas la función de intermediario, tienes la obligación de emitir un CFDI con complemento Carta Porte.

Conforme a lo establecido en el Artículo 29 en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y a la Resolución Miscenlánea Fiscal (RMF) se tiene la obligación de emitir un CFDI con complemento “Carta Porte” para justificar el transporte de mercancías por territorio nacional a través de la vía terrestre, aérea, marítima o fluvial.

En esta actualización, la obligación de emitir estos CFDI tiene el objetivo de amparar el transporte de bienes y mercancías, pero esto ha suscitado muchas dudas entre los contribuyentes acerca de cuándo tendrán la obligación de emitir los CFDI con complemento Carta Porte.

Pues bien, la vigencia de esta actualización tiene su fecha en el 1 de diciembre del 2021, pero la obligación de emitir estos CFDI es a partir del pasado 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2022.

El SAT, por medio de un comunicado, ha extendido el plazo para la obligación de emitir los CFDI hasta esa fecha (30/09/2022) para familiarizarse con el formato digital, agregar el documento a las facturas… Es decir, un periodo de adaptación. Puesto que en un primer momento, la obligación de emitir esos CFDI con complemento Carta Porte era hasta el 31 de marzo de 2022.

Por ello, durante este período de tiempo (01/01/2022-30/09/2022) cualquier error o incorrección en la emisión de estos comprobantes fiscales no se considerará un incumplimiento que conlleve sanciones y multas.

Qué es la “Carta Porte” y cuáles son sus funciones

La Carta Porte es un documento legal que rige el traslado de bienes o mercancías. Este documento es emitido por el transportista, y en él se detallan todos los datos relevantes de la mercancía que es transportada.

Además, este complemento de los CFDI facilita el trabajo, en el hipotético caso, de que se requiera una inspección de seguridad en la ruta de transporte.

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Las siguientes son algunas de las funciones del complemento “Carta Porte”:

  • Información de la mercancía. Este documento contiene información precisa de la carga transportada. Con el fin de usar esa información fundamental para tomar medidas y evitar cualquier daño o deterioro. La información que contiene es:
    • Lugar y fecha de emisión
    • Datos legales de la(s) persona(s) que lo transportan
    • Lugar y fecha de la recogida, del transbordo y de la entrega.
    • Nombre y dirección del destinatario.
    • Información y naturaleza de la carga.
    • Declaración del valor de aduana de la mercancía.
    • Número de productos trasladados.
    • Formato de embalaje y empaque de la carga.
    • Precio del flete.
    • Instrucciones que se tienen que seguir en el traslado.
    • Indicaciones pertinentes del seguro.
    • Los plazos para cumplir los traslados de la mercancía.
  • Probatoria. Con la Carta Porte se indica que hay un contrato de transporte acordado entre diferentes partes. Por lo que se trata del documento donde constan las condiciones del contrato previo.
  • Estado de la mercancía. Se evidencia el estado en el que se recibe y se entrega la carga. Esta información permite que la responsabilidad del posible deterioro de la mercancía recaiga sobre la persona responsable del momento.
  • Propiedad de la mercancía. Este documento sirve de aval para el transportista sobre la propiedad de la carga. De igual manera, se trata de un documento negociable, lo que permite su venta durante el periodo de traslado.

¿Quiénes tienen la obligación de emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Por una parte, si te dedicas al transporte de mercancías o de bienes, para emitir la prestación de servicios de autotransporte y declarar la obtención del ingreso, estás en la obligación de emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento de Carta Porte.

 

Ahora bien, ¿cómo se emite el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Si te dedicas al sector de transporte de bienes o mercancías, tienes la obligación de estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tener el permiso correspondiente, otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
  2. El cliente te contratará para llevar a cabo el transporte de los bienes o mercancías.
  3. Es importante solicitar al cliente toda la información relacionada con el transporte de los bienes o mercancías.
  4. Haz la captura en el CFDI de los servicios de traslado prestados. En la Carta Porte informa acerca de los bienes a transportar, del origen, destino y puntos intermedios de la ruta y ofrece datos sobre el propietario, arrendatario y operador, así como del autotransporte.
  5. Trasladar los bienes o mercancías con el complemento Carta Porte acredita la legalidad del proceso mediante un impreso o archivo digital.
  6. La autoridad correspondiente verificará de manera aleatoria en el punto de control.
  7. Hacer entrega de los bienes o la mercancía en el destino concertado y finaliza el traslado.

Por otro lado, si eres el propietario de la mercancía o realizas el papel de intermediario y necesitas transportar los bienes, estás en la obligación de emitir un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte

Entonces, ¿cómo se emite el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?. Para ello el proceso debe seguir los siguientes pasos:

  1. El propietario o intermediario debe trasportar bienes o mercancías.
  2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, ofrece la información relacionada con los bienes a transportar, las ubicaciones de origen, de destino y los puntos intermedios en la ruta, datos del propietario, del arrendador y de los operadores, así como también del autotransporte.
  3. Lleva a cabo el traslado de los bienes o mercancía por tus propios medios
  4. La autoridad correspondiente comprobará de manera aleatoria en el punto de control.
  5. Llega al destino concretado y concluye el servicio.

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Esperamos que este artículo te haya ayudado a saber más sobre en qué casos y cuándo existe la obligación de emitir los CFDI con complemento Carta Porte. Si te asalta cualquier duda, no dudes y contacta con nosotros. En Facturo Por Ti estaremos encantados de ayudarte.