¿Cuáles son las obligaciones fiscales de las personas morales?

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Tanto las personas morales como físicas tienen la obligación de cumplir con los requerimientos y las ordenanzas de la Autoridad Fiscal. Existen tantas actualizaciones y variaciones que podemos preguntarnos ¿Cuáles son las obligaciones fiscales de las personas morales?

Pues bien, cumplir adecuadamente con nuestras obligaciones de personas morales o físicas es un ejemplo de buena predisposición y buen conocimiento de toda aquella información que nos ofrece el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Lo primero que debe hacer cada persona física o moral es documentarse bien. Todas aquellas obligaciones fiscales como personas morales o físicas que tenemos se precisan en nuestra Autoridad Fiscal.

Conocer cómo se aplican las regulaciones en nuestras operaciones o negocios, las sanciones que existen al no cumplir con las normas del régimen fiscal… Todo ello se deberá tener en cuenta.

Es el SAT el encargado de vigilar a todos los contribuyentes para que se cumplan las obligaciones fiscales.

Las obligaciones fiscales como personas morales o físicas no solo dependen de la persona, sino también del tipo de negocio. Existen diferentes tipos de régimen vinculados a los diferentes negocios, cada régimen concede una serie de derechos y obligaciones a cumplir de acuerdo con la actividad económica específica en la que se desarrolle.

Las obligaciones fiscales primordiales que se deberá asumir aparte del régimen o de ser o no persona física o moral son:

  • La presentación de declaraciones de forma periódica.
  • La obligación de expedir comprobantes electrónicos por las actividades que lleven a cabo.
  • Estar registrado en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Mantener los datos actualizados.
  • Contar con un buzón tributario, donde poder consultar toda la información que ofrece el SAT.

Obligaciones fiscales como personas morales

El régimen fiscal de personas morales está constituido por un grupo de personas físicas y se trata de una instancia unitaria con la capacidad de ejercer derechos y desempeñar obligaciones fiscales para las personas morales.

Dichas personas dependen de las necesidades y las actividades sociales de los socios. Por lo que, al crear la sociedad mercantil, se deberá incorporar al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

En ese proceso se tienen en cuenta las contribuciones sobre sus actividades sociales, las cuales podemos dividir en dos tipos de regímenes: régimen general y régimen con fines no lucrativos.

Ahora bien, las personas morales, al igual que las personas físicas, tienen la obligación de pagar los impuestos que le correspondan. Dichas obligaciones fiscales para personas morales dependen del régimen en el que se inscriban.

Por lo tanto, podemos distinguir las obligaciones fiscales para personas morales en dos: de régimen general y de régimen con fines no lucrativos.

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Obligaciones fiscales para las personas morales de régimen general

En este caso, se encuentra toda aquella persona moral que desarrolle actividades con el objetivo de conseguir ganancias económicas. Por lo tanto, las obligaciones fiscales de personas morales de régimen general son las siguientes:

  1. Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes será la primera obligación fiscal.
  2. Se tendrá que solicitar el certificado de firma electrónica.
  3. Se deberán expedir las facturas electrónicas de toda actividad económica que se desarrolle.
  4. Según lo establecido en el reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF), se llevará la contabilidad electrónica.
  5. Se tendrán que presentar los pagos de los impuestos tanto de carácter definitivo como de carácter provisional.
  6. Se deberá presentar la declaración anual como persona moral, precisando gastos, salarios, etc.
  7. La Declaración Informativa de Operaciones a Terceros (DIOT) deberá ser presentada siempre que estén sujetos al Impuesto del Valor Añadido (IVA).
  8. Cuando realicen el pago de salarios a los trabajadores o lleven a cabo pagos a otras personas físicas por la prestación de sus servicios profesionales deberán efectuar las retenciones correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  9. Tendrán que realizar una serie de actividades ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como el aviso de préstamos o las aportaciones para el futuro aumento de capital que se perciba en efectivo, siendo moneda extranjera o nacional, que supere los 6 000 000 pesos antes de finalizar el decimoquinto día desde el recibimiento de la cantidad en el formativo electrónico correspondiente.

Por medio de sistemas de facturación electrónica autorizados por el SAT, cualquier persona moral podrá presentar su contabilidad electrónica ante las autoridades fiscales.

Obligaciones fiscales para las personas morales con fines no lucrativos.

De la misma manera que las personas morales de régimen general, existen una serie de obligaciones fiscales para personas morales que no tienen fines lucrativos, que están obligadas a cumplir antes las autoridades correspondientes, como las siguientes:

  1. Deberán inscribirse y darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  2. Para llevar a cabo la acreditación de las ventas, los servicios que presten o la definición del uso temporal o consentimiento de bienes inmuebles deberán expedir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (DFCI).
  3. Según el reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) llevarán la contabilidad electrónica.
  4. Toda empresa que no tenga un fin lucrativo deberá enviar las balanzas de comprobación y el catálogo de cuentas de las actividades que han realizado desde el primer día de enero de cada año.
  5. En algunos casos, de manera excepcional, las asociaciones sin ánimo de lucro deberán pagar ciertos impuestos, como el ISR o el IVA, por actividades adicionales que desarrollen
  6. Tendrán que presentar la Declaración Informativa de Operaciones a Terceros (DIOT) al entregar las cantidades económicas en efectivo como parte del subsidio para el empleo.
  7. Una vez calculado el impuesto anual de todos los empleados contratados por la asociación, se podrá comprobar si existen alguna diferencia en los cargos para poder avisar del error al SAT antes de que finalice el plan en febrero del siguiente año.
  8. Facilitarán a los componentes de la sociedad una certificación donde tenga lugar el monto restante distribuible.
  9. Se deberá presentar ante el SAT una declaración informativa sobre los datos en las constancias que expidan en el caso de las Sociedades de Inversión en Instrumentos de Deuda o de Sociedades de Inversión de Renta Variables, así como la media mensual de las inversiones de cada persona de las que se dio constancia.